4. analizar los 14 principios de ley 99 de 1993 

  • LEY DEL MEDIOAMBIENTE ISMELDA CHAPARRO BELLO LUZ NEIDA MORA GAITAN
  • 1. El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según losprincipios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaraciónde Río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.2. La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de lahumanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en formasostenible.3. Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los sereshumanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.4. Las zonas de páramos, subpárrafos, los nacimientos de agua y las zonas derecarga de acuíferos serán objeto de protección especial.5. En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendráprioridad sobre cualquier otro uso.
  • 6. La formulación de las políticas ambientales tendrá encuenta el resultado del proceso de investigacióncientífica.7. El Estado fomentará la incorporación de los costosambientales y el uso de instrumentos económicos parala prevención, corrección y restauración del deterioroambiental y para la conservación de los recursosnaturales renovables.8. El paisaje por ser patrimonio común deberá serprotegido.9. La prevención de desastres será materia de interéscolectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigarlos efectos de su ocurrencia serán de obligatoriocumplimiento.
  • 10. La acción para la protección y recuperación ambientalesdel país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, lacomunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sectorprivado.11. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumentobásico para la toma de decisiones respecto a la construcciónde obras y actividades que afecten significativamente el medioambiente natural o artificial.12. El manejo ambiental del país, conforme a la ConstituciónNacional, será descentralizado, democrático y participativo.13. Para el manejo ambiental del país, se establece un SistemaNacional Ambiental, SINA14. Las instituciones ambientales del Estado se estructuraránteniendo como base criterios de manejo integral del medioambiente y su interrelación con los procesos de planificacióneconómica, social y física.
  • como organismo rector de lagestión del medio ambiente , delos recursos naturales renovables,encargado de impulsar una relaciónde respeto y armonía del hombrecon la naturaleza.
  • El cual conduce alcrecimiento económico, a laelevación de la calidad de lavida y al bienestar social, sinagotar ni deteriorar losrecursos naturales renovables,para la satisfacción de suspropias necesidades.
  • Este Sistema, es el conjuntode orientaciones, normas,actividades, recursos,programas e instituciones quepermiten la puesta en marchade los principios generales ambientales contenidos enesta Ley.
  • Formular la política nacional en relación con el medioambiente,Regular las condiciones generales para el saneamientoEvaluar los alcances y efectos económicos,Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema deParques Naturalessustraer las reservas forestales y reglamentar su uso yfuncionamientoDefinir las regulaciones de los programas turísticos,Administrar el Fondo Nacional Ambiental (FONAM
  • Tendrán por objeto la ejecuciónde laspolíticas, planes, programas yproyectos sobre medio ambientey recursos naturalesrenovables, así como darcumplida y oportuna aplicación alas disposiciones legalesvigentes.
  • •Ejecutar las políticas, planes yprogramas nacionales en materiaambiental.•Ejercer la función de máxima autoridadambiental en su jurisdicción.•Recaudar, conforme a la ley, lascontribuciones, tasas, derechos, tarifas ymultas.•Reservar, alinderar, administrar osustraer y reglamentar su uso yfuncionamiento y Administrar lasReservas Forestales Nacionales en elárea de su jurisdicción.
  • •La utilización directa o indirecta de laatmósfera, del agua, del suelo, paraintroducir o arrojar desechos odesperdicios, humos, vapores y sustanciasnocivas que sean resultado de actividadespropiciadas por el hombre, o actividadeseconómicas o de servicio, se sujetará alpago de tasas retributivas por lasconsecuencias nocivas.•Fijar tasas para compensar los gastos demantenimiento de la renovabilidad de losrecursos naturales renovables.
  • Las Corporaciones Autónomas Regionalesdestinarán los recursos a la ejecución deprogramas y proyectos de protección orestauración del medio ambiente.Los municipios y distritos podrán conservarlas sobretasas actualmente vigentes,siempre y cuando éstas no excedan el25.9% de los recaudos por concepto deimpuesto predial.
  • •Las empresas generadoras de energía hidroeléctricacuya potencia nominal instalada total supere los10.000 kilovatios, transferirán el 6% de las ventasbrutas de energía de la manera siguiente:El 3% para las Corporaciones Autónomas Regionales.El 3% para los municipios y distritos localizados en lacuenca hidrográfica.3. En el caso de centrales térmicas la transferenciaserá del 4%. Estos recursos sólo podrán serutilizados por el municipio en obras previstas en elplan de desarrollo municipal, con prioridad paraproyectos de saneamiento básico y mejoramientoambiental.
  • Crear el Fondo Nacional AmbientalFOMAN, como un sistema especial demanejo de cuentas del Ministerio delMedio Ambiente, con personeríajurídica, patrimonio independiente,sin estructura administrativa niplanta de personal y con jurisdicciónen todo el territorio nacional.
  • •Será un instrumento financiero de apoyo a laejecución de las políticas ambiental y de manejo delos recursos naturales renovables.•Financiará la ejecución deactividades, estudios, investigaciones, planes, programas y proyectos, de utilidad pública e interéssocial, encaminados al fortalecimiento de la gestiónambiental.•Tendrá una subcuenta para el manejo separado delos recursos presupuestales que se asignen a laadministración y manejo del Sistema de ParquesNacionales Naturales. El Ministro del MedioAmbiente podrá delegar en el Jefe de la UnidadAdministrativa Especial del Sistema de ParquesNacionales Naturales la función de ordenador delgasto de esta subcuenta.
  • Contará para suoperación con losrecursos humanos,físicos y técnicos delMinisterio del MedioAmbiente.
  • Se denomina al área de un inmuebleque conserve una muestra de unecosistema natural y que seamanejado bajo los principios de lasustentabilidad en el uso de losrecursos naturales, cuyas actividadesy usos se establecerán de acuerdo areglamentación, con la participaciónde las organizaciones sin ánimo delucro de carácter ambiental.
  • •Toda persona natural, jurídica ocolectiva propietaria de un áreadenominada reserva natural de lasociedad civil deberá obtener registro omatrícula ante el Ministerio del MedioAmbiente, de acuerdo con lareglamentación que se expida, lasolicitud puede ser elevadadirectamente o por intermedio deorganizaciones sin ánimo de lucro.